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Postergación IVA Importaciones

Con la Resolución 1559 dictada por Aduanas las micro, pequeñas y medianas empresas puedan diferir el total del IVA para operaciones de importación que se hayan verificado en los meses de abril, mayo y junio del 2020.

El instructivo pone en marcha una de las herramientas de carácter excepcional y transitorio que se enmarca en Decreto Supremo N° 420 del Ministerio de Hacienda, que estableció medidas de índole tributaria para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación del Covid-19.

Beneficio de postergación de IVA importaciones

Que condiciones deben cumplir para diferir el total del IVA?

1.- Ser micro, pequeñas o medianas empresas cuyos ingresos anuales estén entre las 75.000 y 350.000 UF (Unidades de Fomento)

2.- Será el SII el encargado de informar a Aduanas aquellos contribuyentes que, cumpliendo las condiciones, son susceptibles de acogerse a diferir los pagos de IVA.

3.- También determinará, según su clasificación, si los contribuyentes podrán diferir sus pagos en 6 o 12 cuotas.

El Director Nacional de Aduanas José Ignacio Palma, indicó que “esta es una nueva medida es un beneficio directo para uno de los segmentos más afectados por la pandemia del Covid-19 y que nuestros sistemas ya están habilitados para recibir sus declaraciones difiriendo el pago del IVA.”

Desde Francisco Pardo Agencia de Aduanas tenemos todos los canales de atención atentos para resolver las inquietudes de nuestros clientes y facilitar su comercio exterior.

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